Universidad Privada de Trujillo

DESPENALIZACIÓN DEL DELITO DE MARCAJE Y REGLAJE REGULADO EN EL ARTÍCULO 317-A DEL CÓDIGO PENAL PERUANO.

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dc.contributor.advisor Cruz Vegas, Guillermo Alexander
dc.contributor.author Gómez De La Cruz, Charo Lucía
dc.date.accessioned 2022-11-12T11:59:49Z
dc.date.available 2022-11-12T11:59:49Z
dc.date.issued 2022
dc.identifier.uri http://repositorio.uprit.edu.pe/handle/UPRIT/710
dc.description.abstract En esta tesis de investigación lo que se ha querido precisar es básicamente que es peligroso la existencia regulatoria del “reglaje o marcaje” habida cuenta que este es un tipo penal que no tiene una configuración típica muy precisa, además que podría presentarse inconvenientes por cuanto se pueden procesar o al menos se puede detener a personas que estén realizando conducta neutras, es decir, conductas que no revelan un disvalor de la acción y no crean de ninguna forma la creación de un riesgo que sea penalmente relevante. Es necesario anotar que el Perú es de los pocos países en los que se sanciona este tipo penal, otro es Cuba, y es que antelar la protección de los bienes jurídicos es muy riesgoso porque ello deviene en que se sancionen conductas sin relevancia penal. Por ello es necesario que en función del principio de legalidad los jueces realicen un control difuso de este tipo penal y lo inapliquen, pues es un peligro para la libertad y la seguridad jurídica además de no tener ningún bien jurídico protegido. es_PE
dc.description.abstract En esta tesis de investigación lo que se ha querido precisar es básicamente que es peligroso la existencia regulatoria del “reglaje o marcaje” habida cuenta que este es un tipo penal que no tiene una configuración típica muy precisa, además que podría presentarse inconvenientes por cuanto se pueden procesar o al menos se puede detener a personas que estén realizando conducta neutras, es decir, conductas que no revelan un disvalor de la acción y no crean de ninguna forma la creación de un riesgo que sea penalmente relevante. Es necesario anotar que el Perú es de los pocos países en los que se sanciona este tipo penal, otro es Cuba, y es que antelar la protección de los bienes jurídicos es muy riesgoso porque ello deviene en que se sancionen conductas sin relevancia penal. Por ello es necesario que en función del principio de legalidad los jueces realicen un control difuso de este tipo penal y lo inapliquen, pues es un peligro para la libertad y la seguridad jurídica además de no tener ningún bien jurídico protegido. es_PE
dc.description.uri Tesis es_PE
dc.language.iso spa es_PE
dc.publisher Universidad Privada de Trujillo es_PE
dc.rights info:eu-repo/semantics/openAccess es_PE
dc.rights.uri http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/pe/ es_PE
dc.source Repositorio institucional - UPRIT es_PE
dc.source Universidad Privada de Trujillo es_PE
dc.subject Despenalización, marcaje y reglaje, es_PE
dc.title DESPENALIZACIÓN DEL DELITO DE MARCAJE Y REGLAJE REGULADO EN EL ARTÍCULO 317-A DEL CÓDIGO PENAL PERUANO. es_PE
dc.type info:eu-repo/semantics/bachelorThesis es_PE
thesis.degree.name Abogado es_PE
thesis.degree.grantor Universidad Privada de Trujillo. Facultad de Derecho es_PE
thesis.degree.level Título Profesional es_PE
thesis.degree.discipline Derecho es_PE
dc.subject.ocde Derecho es_PE


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