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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorRodriguez García, Alexander Máximo-
dc.contributor.authorDel Prado Sánchez, Jose Luis-
dc.contributor.authorGodos Lozada, Gladys Iris-
dc.date.accessioned2021-02-10T22:47:38Z-
dc.date.available2021-02-10T22:47:38Z-
dc.date.issued2020-
dc.identifier.urihttp://repositorio.uprit.edu.pe/handle/UPRIT/408-
dc.description.abstractMi tesis para optar el título de abogado se denomina “Control constitucional judicial del tipo penal de rufianismo”, esta investigación tiene como realidad problemática que este tipo penal, lo que hace es tipificar una forma de vivir, acaso bastante reprochable y quizá hasta inmoral, pero que no lesiona ni pone en peligro ningún bien jurídico, por lo que a pesar de estar tipificado no tiene sustento en algún interés protegido en la constitución, con lo que el juez en un caso concreto debería no sancionar a una persona por este tipo penal. De ahí que, con lo señalado en el párrafo anterior, me han llevado a formular como pregunta de investigación la siguiente: ¿Qué principios del derecho penal fundamentan la facultad del juez para hacer un Control constitucional judicial del tipo penal de rufianismo e inaplicarlo? El presente trabajo se justificó en que los jueces penales aplicadores de los tipos penales sin hacer el mínimo control de estos, ya que los jueces en un estado constitucional de derecho deben analizar todos los casos en función a los principios del derecho y a la constitución, y no solo deben ser meros aplicadores de tipos penales como el rufianismo que es a todas luces un tipo penal que afecta garantías constitucionales como el principio de lesividad y el principio de culpabilidad. Sostenemos que eso se debe hacer no solo en el ámbito de la pena como se está haciendo, sino de tipos penales, inconstitucionales como el que es materia de investigación. Se planteó como objetivo general el determinar que qué principios del derecho penal fundamentan la facultad del juez para hacer un Control constitucional judicial del tipo penal de rufianismo e inaplicarlo. Y luego de un análisis a partir de las encuesta aplicada a expertos en el tema penal, llegamos a comprobar la hipótesis y concluir que los principios del derecho penal fundamentan la facultad del juez para hacer un Control constitucional judicial del tipo penal de rufianismo e inaplicarlo, son el de lesividad, porque no lesionan la libertad ni indemnidad sexual; y el de culpabilidad, porque se castiga una forma de vivir.es_PE
dc.description.abstractMi tesis para optar el título de abogado se denomina “Control constitucional judicial del tipo penal de rufianismo”, esta investigación tiene como realidad problemática que este tipo penal, lo que hace es tipificar una forma de vivir, acaso bastante reprochable y quizá hasta inmoral, pero que no lesiona ni pone en peligro ningún bien jurídico, por lo que a pesar de estar tipificado no tiene sustento en algún interés protegido en la constitución, con lo que el juez en un caso concreto debería no sancionar a una persona por este tipo penal. De ahí que, con lo señalado en el párrafo anterior, me han llevado a formular como pregunta de investigación la siguiente: ¿Qué principios del derecho penal fundamentan la facultad del juez para hacer un Control constitucional judicial del tipo penal de rufianismo e inaplicarlo? El presente trabajo se justificó en que los jueces penales aplicadores de los tipos penales sin hacer el mínimo control de estos, ya que los jueces en un estado constitucional de derecho deben analizar todos los casos en función a los principios del derecho y a la constitución, y no solo deben ser meros aplicadores de tipos penales como el rufianismo que es a todas luces un tipo penal que afecta garantías constitucionales como el principio de lesividad y el principio de culpabilidad. Sostenemos que eso se debe hacer no solo en el ámbito de la pena como se está haciendo, sino de tipos penales, inconstitucionales como el que es materia de investigación. Se planteó como objetivo general el determinar que qué principios del derecho penal fundamentan la facultad del juez para hacer un Control constitucional judicial del tipo penal de rufianismo e inaplicarlo. Y luego de un análisis a partir de las encuesta aplicada a expertos en el tema penal, llegamos a comprobar la hipótesis y concluir que los principios del derecho penal fundamentan la facultad del juez para hacer un Control constitucional judicial del tipo penal de rufianismo e inaplicarlo, son el de lesividad, porque no lesionan la libertad ni indemnidad sexual; y el de culpabilidad, porque se castiga una forma de vivir.es_PE
dc.description.uriTesises_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad Privada de Trujilloes_PE
dc.rightshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2es_PE
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/pe/es_PE
dc.sourceUniversidad Privada de Trujilloes_PE
dc.sourceRepositorio Institucional - UPRITes_PE
dc.subjectVulneración, tipicidad.es_PE
dc.titleLA VULNERACION DE LA FACULTAD SANCIONADORA DE LAS INSTITUCIONES PUBLICAS Y EL PRINCIPIO DE TIPICIDAD.es_PE
dc.typehttp://purl.org/coar/resource_type/c_7a1fes_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad Privada de Trujillo, Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.subject.ocde5.05.01es_PE
dc.publisher.countryPE-
dc.type.versionhttp://purl.org/coar/version/c_970fb48d4fbd8a395es_PE
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TESIS PARA OPTAR EL TITULO DE ABOGADO - GODOS LOZADA Y DEL PRADO SANCHEZ.pdf1.05 MBAdobe PDFVisualizar/Abrir


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