El presente trabajo de investigación fue desarrollado en la facultad de Derecho de la Universidad Privada de Trujillo. Su objetivo principal es determinar si resulta necesario establecer criterios de aplicación del exequatur de laudos arbitrales anulados parcialmente en su país de origen. Para alcanzar este objetivo se realizó un estudio con los profesionales especialistas en la materia del CA La Libertad 2020.
El tipo de estudio es orientado al cambio y toma de decisiones, el diseño de estudio es Fenomenológico. La investigación cuenta con la variable independiente: Exequatur, y la variable dependiente: Laudo arbitral extranjero.
Se trabajó con una población de 150 abogados especialistas en materia civil del CALL, de cuyo universo para efectos de abordar nuestra muestra se entrevistó a 40 profesionales abogados especialistas en materia civil de los cuales la muestra se redujo a 4 participantes que son abogados especialistas en la materia igualmente civil porque los demás no contaban con experiencia en procesos arbitrales o laudos arbitrales. Para obtener nuestros resultados finales, se ha empleado un cuestionario de preguntas abiertas. El estudio permitirá entender el fenómeno social complejo que se aborda, así como comprender posibles aspectos a mejorar en nuestro ordenamiento jurídico nacional.
Se concluye que el proceso de reconocimiento de laudos arbitrales parcialmente anulados merece una revisión de causales de procedibilidad como de cuestiones de fondo, a fin de no vulnerar el orden público interno e incurrir en un fraude a la ley. El reconocimiento de laudo arbitrales anulados parcialmente se sustentan en la deslocalización del laudo; por el que, un proceso arbitral no tiene una sede determinada.
El presente trabajo de investigación fue desarrollado en la facultad de Derecho de la Universidad Privada de Trujillo. Su objetivo principal es determinar si resulta necesario establecer criterios de aplicación del exequatur de laudos arbitrales anulados parcialmente en su país de origen. Para alcanzar este objetivo se realizó un estudio con los profesionales especialistas en la materia del CA La Libertad 2020.
El tipo de estudio es orientado al cambio y toma de decisiones, el diseño de estudio es Fenomenológico. La investigación cuenta con la variable independiente: Exequatur, y la variable dependiente: Laudo arbitral extranjero.
Se trabajó con una población de 150 abogados especialistas en materia civil del CALL, de cuyo universo para efectos de abordar nuestra muestra se entrevistó a 40 profesionales abogados especialistas en materia civil de los cuales la muestra se redujo a 4 participantes que son abogados especialistas en la materia igualmente civil porque los demás no contaban con experiencia en procesos arbitrales o laudos arbitrales. Para obtener nuestros resultados finales, se ha empleado un cuestionario de preguntas abiertas. El estudio permitirá entender el fenómeno social complejo que se aborda, así como comprender posibles aspectos a mejorar en nuestro ordenamiento jurídico nacional.
Se concluye que el proceso de reconocimiento de laudos arbitrales parcialmente anulados merece una revisión de causales de procedibilidad como de cuestiones de fondo, a fin de no vulnerar el orden público interno e incurrir en un fraude a la ley. El reconocimiento de laudo arbitrales anulados parcialmente se sustentan en la deslocalización del laudo; por el que, un proceso arbitral no tiene una sede determinada.