En el trabajo de investigación se señaló como enunciado del problema: “¿Cuál es el sustento jurídico para reducir la edad de capacidad de culpabilidad para responsabilizar penalmente a los autores de los delitos de sicariato?”, el trabajo encontró su justificación en que tiene por finalidad obtener que los menores de edad, siempre que cometan ilícitos graves, específicamente el delito de sicariato, deberán ser procesados y sancionados penalmente en el fuero común. Buscando a su vez la imposición de una pena radical para aquellos menores que han contravenido con el ordenamiento jurídico penal, así como aquellos mayores de edad sentenciados. A pesar que el Estado peruano tiene un convenio internacional lo cual impide que los menores de edad sean juzgados en el fuero común, sin embargo, se puede determinar que los menores de edad pueden ser procesados como adultos a partir de que se sostiene que tienen la capacidad intelectual de poder comprender la licitud de un acto u otro y adecuar su comportamiento para no contravenir la norma. El objetivo general al que se apunta es “determinar cuál es el sustento jurídico para reducir la edad de capacidad de culpabilidad para responsabilizar penalmente a los autores de los delitos de sicariato”. Como objetivos específicos se señalaron: analizar la culpabilidad como elemento de la responsabilidad penal; describir los alcances del tipo penal de sicariato; y explicar cuál es el sustento jurídico para establecer responsabilidad penal a los menores de 18 años por la comisión de delitos de sicariato. Luego de someter la investigación a los métodos respectivos se logró demostrar la hipótesis.
En el trabajo de investigación se señaló como enunciado del problema: “¿Cuál es el sustento jurídico para reducir la edad de capacidad de culpabilidad para responsabilizar penalmente a los autores de los delitos de sicariato?”, el trabajo encontró su justificación en que tiene por finalidad obtener que los menores de edad, siempre que cometan ilícitos graves, específicamente el delito de sicariato, deberán ser procesados y sancionados penalmente en el fuero común. Buscando a su vez la imposición de una pena radical para aquellos menores que han contravenido con el ordenamiento jurídico penal, así como aquellos mayores de edad sentenciados. A pesar que el Estado peruano tiene un convenio internacional lo cual impide que los menores de edad sean juzgados en el fuero común, sin embargo, se puede determinar que los menores de edad pueden ser procesados como adultos a partir de que se sostiene que tienen la capacidad intelectual de poder comprender la licitud de un acto u otro y adecuar su comportamiento para no contravenir la norma. El objetivo general al que se apunta es “determinar cuál es el sustento jurídico para reducir la edad de capacidad de culpabilidad para responsabilizar penalmente a los autores de los delitos de sicariato”. Como objetivos específicos se señalaron: analizar la culpabilidad como elemento de la responsabilidad penal; describir los alcances del tipo penal de sicariato; y explicar cuál es el sustento jurídico para establecer responsabilidad penal a los menores de 18 años por la comisión de delitos de sicariato. Luego de someter la investigación a los métodos respectivos se logró demostrar la hipótesis.