El presente trabajo de investigación fue desarrollado en la facultad de Derecho de la Universidad Privada de Trujillo. Su objetivo principal es Determinar que fundamentos jurídicos justificarían el resarcimiento de los daños y afectaciones causados cuando el Ministerio Público formaliza investigación aun estando en Debido Proceso Parlamentario de antejuicio.
El tipo de estudio es orientado al cambio y toma de decisiones, el diseño de estudio es Fenomenológico. La investigación cuenta con la variable independiente: Proceso parlamentario, y la variable dependiente: Resarcimiento de daños.
Se trabajó con un total de 3 profesionales; se ha empleado un análisis documental. El estudio permitirá entender el fenómeno social complejo que se aborda, así como comprender posibles aspectos a mejorar en nuestro ordenamiento jurídico nacional.
Se concluye que en nuestra normativa nacional existe una marcada diferencia entre una infracción constitucional y un delito en ejercicio de sus funciones, puesto que solo para los casos de delitos se puede realizar un antejuicio.
El presente trabajo de investigación fue desarrollado en la facultad de Derecho de la Universidad Privada de Trujillo. Su objetivo principal es Determinar que fundamentos jurídicos justificarían el resarcimiento de los daños y afectaciones causados cuando el Ministerio Público formaliza investigación aun estando en Debido Proceso Parlamentario de antejuicio.
El tipo de estudio es orientado al cambio y toma de decisiones, el diseño de estudio es Fenomenológico. La investigación cuenta con la variable independiente: Proceso parlamentario, y la variable dependiente: Resarcimiento de daños.
Se trabajó con un total de 3 profesionales; se ha empleado un análisis documental. El estudio permitirá entender el fenómeno social complejo que se aborda, así como comprender posibles aspectos a mejorar en nuestro ordenamiento jurídico nacional.
Se concluye que en nuestra normativa nacional existe una marcada diferencia entre una infracción constitucional y un delito en ejercicio de sus funciones, puesto que solo para los casos de delitos se puede realizar un antejuicio.